Apoyo a la inclusión
Apoyo a la inclusión/Participantes con menos oportunidades
Participantes con menos oportunidades
Un/Una participante con menos oportunidades se define como una persona que se enfrenta a obstáculos que le impiden tener un acceso eficaz a las oportunidades que ofrece el Programa Erasmus por motivos económicos, sociales, culturales, geográficos o de salud, debido a su origen inmigrante, por razones tales como la discapacidad y las dificultades de aprendizaje o por cualquier otra razón que pueda dar lugar a discriminación a tenor de lo dispuesto en el art. 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Las personas con menos oportunidades que participan en actividades de movilidad Erasmus pueden beneficiarse de financiación adicional específica de acuerdo con los perfiles que se definen a nivel nacional por el SEPIE. Para estudiantes estos son:
Obstáculo | Perfil | Forma de acreditación |
Discapacidad | Estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33% | Certificado de discapacidad |
Obstáculos socioeconómicos | Beneficiarios/as de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado o de una beca de la Consejería de Educación de CyL para el mismo ciclo de estudios en el que realizan la solicitud de movilidad o anteriores | Las personas becarias del curso en que realizan la solicitud de movilidad no necesitan acreditarlo.Las personas que fueron becarias en el mismo ciclo de estudios en cursos anteriores y ya no lo son en el que realizan la solicitud de movilidad deben acreditarlo con la copia de la resolución de concesión. |
Percepción de prestación de Ingreso Mínimo Vital / Renta Mínima de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza de la unidad familiar | Certificado de la administración correspondiente | |
Personas en riesgo de exclusión social | Informe de los servicios sociales | |
Familia numerosa | Certificado de familia numerosa de la Junta de CyL o administración correspondiente | |
Familia monoparental | Certificado de familia monoparental de la Junta de CyL o administración correspondiente | |
Situaciones de especial necesidad y emergencia social consideradas por la administración competente | Informe de los servicios sociales | |
Víctimas de terrorismo o violencia de género | Certificado de la administración correspondiente | |
Orfandad | Certificado de la administración correspondiente o resolución de la Seguridad Social | |
Situación de dependencia, participantes con personas dependientes a su cargo | Certificado de la administración correspondiente | |
Estudiantes con contratos de trabajo a tiempo completo | Contrato laboral con una vigencia mínima de 6 meses anterior al plazo de cierre de solicitudes en que se mantenga en vigor durante el período de movilidad o certificado de excedencia para realizar la movilidad | |
Problemas de salud | Situación de salud física que genere la necesidad de apoyo adicional | Informe médico expedido por centro de salud, especialista o la autoridad sanitaria competente |
Situación de salud mental que genere la necesidad de apoyo adicional | Informe de Salud Mental. Informe médico expedido por centro de salud, especialista o la autoridad sanitaria competente | |
Diferencias culturales | Condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentada solicitud de protección internacional en España | Resolución o solicitud |
Para poder recibir la ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades la acreditación de la pertenencia a uno de estos perfiles debe realizarse en el momento de aceptar la plaza de movilidad Erasmus concedida. En el caso del estudiante que pertenezca a varios perfiles solo necesita acreditar uno de ellos.
Apoyo a la inclusión
El “Apoyo a la inclusión” es un apoyo financiero para cubrir costes adicionales de participantes con menos oportunidades que realizan actividades de movilidad del programa Erasmus+. Para solicitar dicho apoyo a las personas participantes que lo necesiten, la UDC debe enviar una solicitud al SEPIE teniendo en cuenta la información que se detalla a continuación.
Para acceder a este apoyo, las personas participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%, o padecer problemas físicos, mentales o de salud, debidamente acreditados mediante la correspondiente certificación médica, así como cumplir con el resto de criterios de admisibilidad establecidos en el programa Erasmus+.
El importe cubrirá el 100% de los costes reales (o efectivos) subvencionables que se soliciten, directamente relacionados con su discapacidad o con su problema físico, mental o de salud, y a condición de que no estén cubiertos a través de las categorías presupuestarias de “viajes” (si fuera pertinente) y “apoyo individual”, incluida la ayuda adicional para estudiantes con menos oportunidades.
La ayuda que se solicite podrá cubrir toda la duración de la movilidad financiada por la UDC con fondos Erasmus+ de la UE, según determine ésta con carácter general para todos los participantes de la acción de movilidad que corresponda. Sin embargo, no se podrán conceder ayudas de “Apoyo a la inclusión” basado en costes reales (o efectivos) a participantes con beca cero de fondos Erasmus+ de la UE para un período completo o parcial de movilidad. Así mismo, en el caso de que las personas participantes realicen una movilidad combinada en la que existan actividades virtuales que se desarrollen en el país de envío, no se podrán conceder ayudas de “Apoyo a la inclusión” para esos periodos de actividad virtual.
Los gastos subvencionables en el “Apoyo a la inclusión” son:
Transporte especial/adaptado de la persona participante en el país de acogida | Gastos de la persona participante en el país de acogida originados por desplazamientos desde su lugar de residencia hasta la organización donde realice su actividad de movilidad, en casos en los que la discapacidad o el problema físico, de salud o mental de la persona participante afecte a su autonomía para realizar dichos desplazamientos. |
Acompañantes | Gastos originados por personas que acompañen al/a la participante en su desplazamiento al país de destino y/o de origen y/o durante una visita preparatoria previa a la actividad de movilidad o durante la estancia para llevar a cabo la actividad. Se aplicarán las tarifas de movilidad de personal hasta el día 60 de estancia, con una contribución a los gastos de viaje según la banda de distancia que corresponda y con un apoyo individual determinado por el número de días y el país de acogida. En casos excepcionales en los que el/la acompañante deba permanecer más de 60 días, los gastos adicionales de manutención/alojamiento a partir del día 61 se calcularán en base a gastos reales. |
Servicios profesionales | Gastos originados por la contratación de servicios profesionales que resulten imprescindibles para la consecución de las funciones propias de la actividad de la persona participante en el país de acogida. Entre estos servicios profesionales se podrían incluir, por ejemplo, intérpretes de lenguas de signos o ciertos servicios médicos o terapéuticos puntuales relacionados directamente con la discapacidad legalmente reconocida o el problema físico, de salud o mental debidamente documentado del/de la participante, pautados o recomendados como parte de su diagnóstico/tratamiento habitual. |
Visitas preparatorias | Gastos originados por el desplazamiento de la persona participante en una visita preparatoria previa a la actividad de movilidad. La visita preparatoria, coordinada entre la organización de envío y la de acogida, tendrá como objetivo principal la preparación de las actividades del/de la participante para garantizar que puedan desarrollarse con calidad. |
Otros gastos específicos derivados de la discapacidad acreditada de la persona participante | Gastos no contemplados en los conceptos anteriores en los que incurra el/la participante para facilitar su actividad de movilidad en el país de acogida, derivados directamente de su discapacidad legalmente reconocida o de su problema físico, de salud o mental debidamente documentado, como:Otros gastos de transporte especial/adaptado en el país de envío y en el de acogida, como los gastos incurridos en transporte a/desde aeropuertos.Gastos derivados de la adaptación de la vivienda de la persona participante en el país de acogida.Gastos de envío de objetos necesarios a la persona participante desde el país de origen al de acogida y reintegro de esos mismos objetos desde el país de acogida al de origen.Pagos de compensación a personas distintas a las acompañantes que realicen un servicio no profesional relacionado con la discapacidad o el problema físico, de salud o mental de la persona participante en destino (por ejemplo, transcripción de notas de clase). |
La persona participante que requiera de apoyo a la inclusión y cumpla los requisitos para obtenerla deberá enviar una solicitud, como mínimo un mes antes del inicio de la movilidad a: 47004706.erasmusfp@educa.jcyl.es
En ningún caso, se admitirán solicitudes una vez finalizada la movilidad del/de la participante.
Puede consultarse la guía de solicitud de “Apoyo a la inclusión” del SEPIE.
Documento de Tarifas de movilidad superior: